REAPERTURA DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE OFICIAL DE PRIMERA Y PEÓN DE LA CONSTRUCCIÓN

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REAPERTURA DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE OFICIAL DE PRIMERA Y PEÓN DE LA CONSTRUCCIÓN

#Formación y Empleo 18/10/2017

Las personas inscritas en los años precedentes no necesitan realizar de nuevo la inscripción.

De conformidad con lo dispuesto en la Base nº 7.4 de las aprobadas por Resolución de Alcaldía nº 1054/2015 de 20 de octubre, que regula el procedimiento para la formación de dos bolsas de trabajo del Ayuntamiento “Oficial de primera de la construcción y peón” , queda abierto el plazo para admisión de nuevas solicitudes para la inscripción en cualquiera de las dos bolsas de trabajo. Dicho plazo estará comprendido entre el 1 de noviembre y el 30 de noviembre de 2017, ambos inclusive. Recalcar que aquellas personas que ya quedaron inscritas en estas bolsas los pasados años (2015 y 2016) no tienen necesidad de volver a inscribirse.


Al pie de esta noticia podrá descargar la documentación necesaria. La entrega de solicitudes se realizará desde el día 1 de noviembre de 2017 por Sede Electrónica o en el Registro General del Ayuntamiento, donde también podrá obtener el modelo de solicitud así como una pequeña guía en la que se explica detalladamente los requisitos, valoración de méritos y documentación que se debe acompañar a la solicitud. En dicha solicitud, cada persona marcará aquellos méritos que reúne para que, posteriormente, una Comisión de Valoración integrada exclusivamente por funcionarios municipales, valore y ordene a los candidatos/as según la puntuación obtenida. En caso de empate de los puntos obtenidos, se ordenarán alfabéticamente por apellidos, empezando por la letra que se designe en un sorteo público.

Concluidos los plazos de admisión de solicitudes, se publicará Resolución (tanto en el tablón de anuncios como en esta página web) aprobando las listas provisionales de admitidos/as y excluidos/as a cada una de las Bolsas. Los/as solicitantes excluidos/as dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación para subsanar el defecto detectado en su petición.

 

Valoración de méritos para bolsa de peón AQUÍ  .

Valoración de méritos para bolsa de oficial primera de albañilería AQUÍ .

Modelo de solicitud de peón AQUÍ .

Modelo de solicitud oficial 1ª albañilería AQUÍ .

 

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA LA BOLSA DE OFICIAL DE 1ª DE ALBAÑIL


1. Fotocopia del DNI y/o permiso de residencia o trabajo.
2. Anexo I - Modelo de Solicitud para la Bolsa (dos hojas) relleno.
2.1 Solicitud
2.2 Autobaremación
Con la autobaremación hay que aportar la documentación justificativa de los méritos alegados en cada caso:
Mérito 1: El propio Ayuntamiento comprobará que reúne este requisito.
Mérito 2: Certificado expedido por la Administración que se trate o mediante Vida Laboral actualizada acompañada de copia de los contratos de trabajo correspondientes.
Mérito 3: Certificado expedido por la Administración que se trate o mediante Vida Laboral actualizada acompañada de copia de los contratos de trabajo correspondientes.
Mérito 4: El propio Ayuntamiento comprobará que reúne este requisito.
Mérito 5: Certificado expedido por la Administración que se trate.
Mérito 6: Marcar con una X el apartado del Anexo I en el que autoriza al Ayuntamiento para su comprobación (asegurarse que conste en el SAE como desempleado).
Mérito 7: Fotocopia de la Tarjeta Profesional de la Construcción, en la que el interesado hará constar la frase “es copia fiel de su original”, seguida de su firma.
Mérito 8: Vida Laboral acompañada de fotocopias de los contratos de trabajo.
3. Anexo II – Modelo de Declaración Responsable, donde se indicará el número de teléfono.

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA LA BOLSA DE PEÓN

1. Fotocopia del DNI y/o permiso de residencia o trabajo.
2. Anexo I - Modelo de Solicitud para la Bolsa (dos hojas) relleno.
2.1 Solicitud
2.2 Autobaremación
Con la autobaremación hay que aportar la documentación justificativa de los méritos alegados en cada caso:
Mérito 1: El propio Ayuntamiento comprobará que reúne este requisito.
Mérito 2: Certificado expedido por la Administración que se trate o mediante Vida Laboral actualizada acompañada de copia de los contratos de trabajo correspondientes.
Mérito 3: Certificado expedido por la Administración que se trate o mediante Vida Laboral actualizada acompañada de copia de los contratos de trabajo correspondientes.
Mérito 4: El propio Ayuntamiento comprobará que reúne este requisito.
Mérito 5: Certificado expedido por la Administración que se trate.
Mérito 6: Marcar con una X el apartado del Anexo I en el que autoriza al Ayuntamiento para su comprobación (asegurarse que conste en el SAE como desempleado).
3. Anexo II – Modelo de Declaración Responsable, donde se indicará el número de teléfono.